martes, 12 de enero de 2016

DUDAS SOBRE EL CERTIFICADO ENERGÉTICO DE EDIFICIOS

RESOLVEMOS ALGUNAS CUESTINOS SOBRE EL CERTIFICADO DE EFICIENCI ENERGÉTICA EN EDIFICIOS
El consumo de energía que se estima necesario para satisfacer la demanda energética del edificio en unas condiciones normales de funcionamiento y ocupación, se denomina:
   eficiencia energética de un edificio.
¿Un certificado energético puede costar 90 euros?
¿Quién es el responsable de conservar la certificación de eficiencia energética de un inmueble que se va a alquilar?
¿Quién es el responsable de encargar, obtener y abonar el certificado energético?
  El propietario del inmueble objeto de venta o arrendamiento.
El precio del servicio de emisión del Certificado energético, ha de incluir:
Qué profesionales pueden efectuar la certificación energética de los edificios existentes?
  el personal técnico cualificado: arquitectos e ingenieros.
¿Qué sanciones se pueden imponer al propietario de un inmueble que no tenga certificado energético, estando obligado a ello?
El registro de certificaciones energéticas, tendrá ámbito:
¿Tienen obligación de obtener el certificado de eficiencia energética los edificios públicos?
   Si.
El técnico habilitado para hacer la certificación ¿ha de hacer una visita técnica al edificio o vivienda?
   Sí, para para recoger datos técnicos.
¿Se tiene que estar colegiado para poder certificar?
Es verdad que la etiqueta energética sirve para elegir inmueble, negociar su precio y comparar con otros inmuebles?.
   Si, por supuesto.
¿Puedo anunciar el alquiler o la venta de mi vivienda sin el certificado energético.?
  No, la etiqueta de eficiencia energética debe ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio
.La etiqueta de eficiencia sirve para que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de este puedan:
  comparar y evaluar su eficiencia energética.
La certificación energética de inmuebles ¿es obligatoria para los inmuebles existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario?
  Si.
No presentar el certificado ante la comunidad autónoma para su registro, lleva aparejada...
  una sanción grave.
¿En qué normativa se determinan las Multas que se han de liquidar por infracciones en materia de certificación energética?
   en la Ley de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas .
Si el técnico competente realiza mal los cálculos a la hora de emitir el certificado energético ¿qué sucede?
  El inspector puede obligar al propietario del inmueble a efectuar nuevo 
Las recomendaciones de mejora de la vivienda que realice el técnico competente en emitir la Certificación energética son:
  voluntarias.
¿Dónde tengo que ir a entregar y registrar la Certificación Energética?
   El proceso puede ser telemático, o en algunas de las sedes encargadas de las Comunidad Autónomas.
La certificación energética de inmuebles ¿es obligatoria para los edificios públicos?
   Sí, pero si tienen más de 250 metros, y acude público.

miércoles, 16 de diciembre de 2015

AEROTERMIIA VS BIOMASA

Aerotermia versus caldera de biomasa

A continuación pasamos a explicar un ejemplo de  vivienda, que han estudiado unos compañeros , en la que recientemente se ha sustituido una caldera por un equipo de este tipo, se encuentra en un pueblo al sur .  . En este caso se sustituyó una caldera de biomasa alimentada con pellet por una bomba de calor de aerotermia. Se trata de una vivienda unifamiliar aislada, con dos plantas, sótano y una superficie climatizada total de 170 m². La calefacción proyectada consistía en un suelo radiante y una caldera de biomasa de alto rendimiento alimentada desde un silo de alta capacidad. La caldera seleccionada tenía una potencia útil de 15 kW y unos buenos rendimientos a carga total y carga parcial, del 94,3% y 90% respectivamente.
Como he comentado, se sustituyó por una bomba de calor aire-agua modeloGenia Air 15 de la marca Saunier Duval. Tiene una potencia nominal de 14,2 kW y un COP de 3,21. En realidad, en condiciones exteriores de cálculo de calefacción, la potencia entregada por la bomba de calor es aproximadamente 9 kW con un COP de 2,2.
Los datos que he utilizado para hacer la comparativa entre ambos sistemas son:
  • La demanda anual de energía la calculamos mediante una simulación energética con el programa Energy Plus y unos datos de horarios y cargas internas adecuados al uso particular de la vivienda.
  • Los rendimientos estacionales de la bomba de calor de aerotermia en calefacción y ACS son los declarados por el fabricante en su estudio para este caso particular, no están muy explicados en la documentación presentada pero para hacer nuestros números nos lo creemos.
  • El rendimiento estacional de la caldera de biomasa se calcula por el método indirecto y restándole un 2% por pérdidas debidas a distribución y equilibrado, etc.
  • El coste del kWh de pellet se ha obtenido con los datos facilitados por la asociación dedicada a esta materia Avebiom. Se ha supuesto un incremento del precio de este tipo de energía del 2% que es conservador puesto que los incrementos en los últimos años no han alcanzado este valor.
  • En este caso no dispongo de los presupuestos de instalación de cada opción así que no meto en el comparativo económico los datos de inversión inicial. La opción con biomasa será, más o menos igual que la opción con aerotermia.
El cuadro resumen de los cálculos energéticos es el siguiente:Cuadro de cálculos energéticos con sistema de aerotermia y biomasa
Y el comparativo del coste de la energía de ambas opciones es:
Comparativo energético entre aerotermia y biomasa

Conclusiones

Lo primero que veo cuando observo las tablas comparativas es que tienen razón los fabricantes cuando dicen que la aerotermia es una alternativa interesante a los sistemas con calderas. Interesante porque puede utilizarse en aquellas situaciones en las que no es posible instalar una caldera, por problemas:
.de evacuación de humos,
. falta de suministro de gas natural,
. falta de espacio para un silo de biomasa, etc, 
. y además, a unos costes de operación e instalación comparables. Siempre y cuando los utilicemos con emisores que trabajen a baja temperatura. 
Para radiadores o fancoils a 60ºC el rendimiento baja lo suficiente para que no sean una opción frente a los anteriores. En regiones con veranos duros, zonas 3 y 4 del CTE, además aportan refrigeración mediante suelos refrescantes o fancoils, con lo que evitamos tener que utilizar otro sistema para este servicio.
Desde mi punto de vista estos equipos tienen varios inconvenientes que creo conviene sopesar cuando pienses utilizarlos:
  • La electricidad en los últimos años está sufriendo continuas subidas de precio directamente, o indirectamente mediante cambios de regulación. El incremento anual del 6% con el que he realizado los cálculos es incluso bajo para lo que se espera a partir de ahora. La tendencia alcista del precio de la electricidad y la inestabilidad de su marco regulatorio son para mí factores negativos importantes a la hora de elegir esta energía para climatizar nuestras viviendas.
  • Normalmente instalar un equipo de estas características implica tener que contratar más de 10 kW de potencia eléctrica y salirse de la TUR (tarifa regulada por el gobierno). Y esto conlleva un incremento importante del coste del recibo.
  • En zonas frías, con temperaturas de cálculo de calefacción por debajo de 0ºC, la potencia de estos equipos disminuye bastante por lo que será necesario comprobar que la potencia útil del equipo es suficiente en las condiciones de cálculo. Los catálogos dan datos de potencia a 7ºC de temperatura exterior que es bastante más alta de las que se alcanzan en invierno en el interior de la península. Para viviendas unifamiliares esto implica, casi seguro, que tenemos que utilizar equipos que tengan resistencia de apoyo para cuando la bomba de calor no tiene capacidad suficiente. E incluso habrá bastantes casos, sobre todo en rehabilitaciones de edificios con malos niveles de aislamiento en que haya que pensar en dos equipos o en un apoyo con caldera.
  • El apartado anterior me lleva ha hacer una última reflexión. Cuando necesitemos más de 11 o 12 kW de potencia sería conveniente realizar un cálculo de carga serio, nada de utilizar ratios o reglillas. Si estás pensando en usar este sistema con un suelo radiante sería muy interesante hacer una simulación para poder verificar la demanda de potencia real de la vivienda y dimensionar la bomba correctamente. En definitiva creo que como con estos equipos no tenemos potencia de reserva como sucede cuando utilizamos calderas, hace falta hacer números y ser más fino en los cálculos porque podemos llevarnos una sorpresa poco agradable.
  • Exige, pide e incordia al fabricante para que te de cálculos desarrollados de potencia a instalar y de rendimientos estacionales esperados en tu caso concreto. No vale con que te presenten una hoja con colorines diciéndote que vas a ahorrar mucho. !!!Que te lo expliquen CLARO !!!!!.
Espero que ahora tengas algún dato más para poder evaluar el encaje o no de la aerotermia en tu proyecto. La decisión no es un sí o no rotundo y dependerá mucho más de otros condicionantes como la obra, la emisión de ruido o las preferencias del promotor. Así lo veo yo. ¿Cuál es tu opinión?

Fuente D. Pascual

jueves, 15 de octubre de 2015

JORNADA EFICIENCIA ENERGÉTICA UNIVERSIDAD SEVILLA

Grc renovables, invitado por la Universidad de Sevilla,  Impartió por Segundo año una jornada sobre Eficiencia energética en municipios y potencial de ahorro en iluminación pública con casos reales actualmente implantados y potencial de mejora en nuevos proyectos.
Agradecimiento al Ilustre Catedrático D. Jaime Navarro Casas por su implicación y entrega a la hora de involucrarse con sus proyectos y sus  alumnos en la mejora de su formación académica.




DUDAS SOBRE EL AUTO-CONSUMO ELÉCTRICO

Veamos a continuación las más frecuentes hasta la fecha recibidas en nuestro Departamento de redacción:


1.- Tengo una casa en una finca rústica con un instalación fotovoltaica para autoconsumo aislada a la red.
¿Me afecta en algo el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo?. ¿Tengo que pagar el impuesto al Sol?
R.- Se exceptúa de la aplicación del presente real decreto a las instalaciones aisladas y los grupos de generación utilizados exclusivamente en caso de una interrupción de alimentación de energía eléctrica de la red eléctrica.
A diferencia de las otras instalaciones de autoconsumo fotovoltaico conectadas a la red, las instalaciones aisladas a la red no tendrán que soportar los injustos costes de contribución del mantenimiento del sistema.
Aunque nuestros lectores ya lo conocen, hemos de señalar que una instalación aislada es aquella en la que no existe en ningún momento capacidad física de conexión eléctrica con la red de transporte o distribución ni directa ni indirectamente a través de una instalación propia o ajena. Las instalaciones desconectadas de la red mediante dispositivos interruptores o equivalentes NO se consideraran aisladas a los efectos de la aplicación de este real decreto.
2.-Tengo una instalación fotovoltaica en mi casa unifamiliar pero no vierte ni un solo kW a la red. La tengo para ahorrar en mi factura de energía eléctrica. ¿Tendré que pagar el famoso "impuesto al Sol"?
R.- Si su vivienda no supera los 10 KW de potencia y no vierte a la red para venta de energía, deberá pagar el coste fijo de su factura, pero no la parte variable del "impuesto al sol".
Su instalación así proyectada, (inferior a 10 kW y sin vertido a red) ha de acreditar que cuenta con un dispositivo que impida el vertido instantáneo de energía a la red de distribución para quedar exenta del pago de los estudios de acceso y conexión.
3.- En mi vivienda tengo instalado un generador de autoconsumo fotovoltaico ¿Tras aprobarse en el BOE el Real Decreto de Autoconsumo fotovoltaico, he de legalizar la instalación?.
R.- Sí. Es obligatorio notificar en el plazo máximo de 6 meses desde la entrada en vigor del citado Real Decreto (11/10/2015) que ha instalado una nueva fuente de energía, aunque no vaya a verter la electricidad que le sobre a la red. 
4.- En mi instalación fotovoltaica de autoconsumo conectada a red, con vertido o sin él, ¿debo instalar un contador?
R.- Sí. Ha de tener dos contadores, uno que mida la energía que consume de la red y otro para medir la energía que produce su instalación.
5.- Soy el Presidente de una Comunidad de Propietarios de una Urbanización con 15 portales y 90 viviendas. Me gustaría instalar en el tejado del Club Social una instalación fotovoltaica para que parte de la energía eléctrica que consumen los elementos comunes de la Urbanización se autoconsuma con energía solar fotovoltaica ¿Es viable jurídicamente?
R.- Está prohibido compartir la energía que se produce para uso individual. Su comunidad de vecinos no podrá compartir la energía limpia que generen los paneles fotovoltaicos. El titular del punto de suministro ha de ser el mismo que el de todos los equipos de consumo e instalaciones de generación conectados a su red.
6.- El Real Decreto de Autoconsumo fotovoltaico ¿permite el uso de baterías?
R.- Sí. Podrán instalarse elementos de acumulación en las instalaciones de autoconsumo reguladas en el Real Decreto, cuando la instalación disponga de las protecciones establecidas en la normativa de seguridad y calidad industrial que les aplique, y se encuentren instaladas de tal forma que compartan equipo de medida que registre la generación neta o equipo de medida que registre la energía horaria consumida.
7.- ¿Cuántas modalidades de autoconsumo fotovoltaico existen, según el Real Decreto de Autoconsumo fotovoltaico?
R.- Tras conocer el texto definitivo del Real Decreto de autoconsumo fotovoltaico podemos decir que existen tres modalidades:
1.- Instalación de autoconsumo aislada a la red.
2.- Instalación de autoconsumo que puede verter energía al sistema eléctrico pero no podrán venderla.
3.- Instalación de autoconsumo de más de 100 kW, que pueden vender la energía excedentaria o sobrante no consumida. En este caso, el consumidor será también considerado productor si se inscribe en el Registro de productores de electricidad.
La energía no consumida la podrá vender al precio horario que exista en el momento en que se vierta la energía.
8.- De las tres modalidades de autoconsumo fotovoltaico que en la práctica existen... ¿Qué consumidores son los que han de pagar el impuesto al Sol?
R.- La cuota del injusto impuesto al sol, se aplicará en su término fijo a todos los autoconsumidores, en función de la potencia instalada; y la parte variable, dependiendo de cada kilovatio hora generado, solo se aplicará a los que superen los 10kW de potencia contratada, lo cual perjudicaría en principio a todas las Pymes que quieran acceder a este sistema de generación propia de energía.
9.- ¿Qué he de hacer para acogerme a las modalidades de autoconsumo fotovoltaico con conexión a red?
R.- Para acogerse a cualquiera de las modalidades de autoconsumo reguladas en el real decreto de autoconsumo, los consumidores deberán solicitar una nueva conexión o modificar la existente a la empresa distribuidora de la zona o, en su caso, transportista aun cuando no fueran a verter energía a las redes de transporte y distribución en ningún instante procedente de la instalación de generación instalada en su red interior o con la que comparte infraestructura de conexión a la red.
10.- En la mayoría de los países se habla de net billing, net metering y hace poco en España el IDAE hablaba del balance neto... ¿Vamos a tener balance neto?
R.- No. El citado Real Decreto de autoconsumo fotovoltaico omite la solución de balance neto que existe en otros muchos países que permite a hogares y Pymes compensar su factura con la energía excedente que vierten en la red cuando no la están consumiendo.
fuente: suelo solar

martes, 13 de octubre de 2015

CUBIERTAS VEGETALES :PRESENTE Y FUTURO 25%-50% AHORRO ENERGÉTICIO

¿Conoces las cubiertas verdes? 

Una de las soluciones más innovadoras en el campo de la arquitectura, con un incipiente pero prometedor desarrollo en España, son las denominadas cubiertas verdes que prevén la plantación de vegetación en el tejado de los edificios: este tipo de soluciones presentan unas propiedades de aislamiento muy buenas para las funciones de protección, impermeabilización, aislamiento térmico y acústico. 
ofrecen protección frente a la radiación solar y aprovechan el efecto amortiguador de la temperatura que tiene la tierra, de modo que se reducen las pérdidas de energía a través de la cubierta. Este efecto supone un aumento de las condiciones de confort y un ahorro energético en la climatización del edificio que puede alcanzar un 25% del consumo de aire acondicionado en verano, y un 50% del consumo de calefacción en invierno.

Estas son más que simples componentes funcionales  instalados en el edificio, enfocados a la protección de la estructura. 
Los países escandinavos han usado este tipo de techos de pasto durante muchas décadas y desde hace unos años se empiezan a difundir en diversos países. Se calcula que el 10% de los techos de las ciudades alemanas son de este tipo. Países como Alemania, Suiza, Holanda, Hungría, Suecia y Reino Unido, ya disponen de sus propias asociaciones para fomentar las cubiertas verdes. 
Estos tipos de cubiertas consiguen dotar de carácter a edificios y barrios de las ciudades, además de integrar la naturaleza entre asfalto y ladrillo.  Pero no sólo eso. Las cubiertas verdes tienen una larga lista de beneficios para las ciudades y las personas que viven en ellas: ayudan a reducir la contaminación, a retener las aguas de lluvia, al aislamiento térmico y sonoro del edificio, a prolongar su vida útil y favorecer nuevos espacios de interacción con la naturaleza para los urbanitas. 
Hasta ahora, la naturaleza estaba arrinconada por el crecimiento urbano y parecían dos tendencias irreconciliables. Los techos verdes buscan integrar estos dos componentes, trayendo la naturaleza a la ciudad y la ciudad a la naturaleza. 
El objetivo es conseguir ciudades más sostenibles en las que las personas puedan disfrutar de una calidad de vida superior, en aplacar el efecto “isla de calor”, fomentar un aire más puro y un mejor aprovechamiento de los recursos, principalmente energéticos. Son tantos los beneficios que se intuye una tendencia al alza en los próximos años en las ciudades más pobladas. 
Redacción ambientum.


lunes, 28 de septiembre de 2015

PuBLICACIONES EN PRENSA


Nuestro fin es la Eficiencia Sostenible , y el aprovechamiento optimo de los recursos Naturales.

sábado, 27 de junio de 2015

ESPECIALIZADOS EN AHORRO EFICIENCIA Y SOSTENIBILIDAD ENERGÉTICA


¿ A QUE SE DEDICA GRC RENOVABLES CONSULTING?


ES UNA  ASESORIA Y CONSULTORIA INDPENDIENTE ESPECIALIZADA  EN DAR LAS   SOLUCIONES MÁS ÓPTIMAS EN CADA CASO PARTICULAR EN LO REFERENTE  AL AHORRO ENERGÉTICO  , REALIZANOS NUEVAS INSTALACIONES Y MEJORAMOS LOS  MANTENIMIENTOS DE LA MANERA MÁS EFICIENTE , PARA QUE AHORRE DE ESTA MENERA TIEMPO. ENERGÍA Y DINERO.
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lunes, 8 de junio de 2015

AUTOCONSUMO ¿ES POSIBLE? ¿PODEMOS?

¿Cómo podemos asegurarnos que cumplimos la legislación en autoconsumo?

Para que nuestra instalación fotovoltaica cumpla con esta legislación española se deben reunir tres requisitos:
• Que no se inyecte electricidad generada a la red de distribución eléctrica,
• Que se cumpla la normativa europea “anti-islanding” que no permite que un generador autónomo suministre electricidad si no hay suministro de la red de distribución eléctrica.
• Que se cumplan las normas de seguridad vigentes
Vemos pues que la clave más importante es cumplir con la no inyección a la red de distribución y la normativa “anti-islanding”, todo ello se consigue gracias los Kits de Control Dinámico de Potencia .


El marco legislativo actual para instalaciones de autoconsumo instantáneo, permite realizar inversiones que se amortizan en un plazo razonable, y permiten tener un suministro eléctrico más barato y eficiente. Para ello hay que cumplir la normativa vigente y siempre es adecuado realizarlo mediante un estudio técnico adecuado. En situaciones en las que el mercado financiero tradicional no está receptivo, la financiación mediante empresas afines es viable y muy útil.